1. Si el centro de los intereses principales del deudor no se hallare en territorio español pero tuviese en este un establecimiento, será competente para declarar y tramitar el concurso de acreedores el juez en cuyo territorio radique ese establecimiento y, de existir varios, donde se encuentre cualquiera de ellos, a elección del solicitante. Por establecimiento se entenderá todo lugar de operaciones en el que el deudor ejerza de forma no transitoria una actividad económica con medios humanos y materiales. 2. Los efectos de este concurso, que en el ámbito internacional se considerará concurso territorial, se limitarán a los bienes y derechos del deudor, afectos o no a la actividad de ese establecimiento, que estén situados en territorio español. En el caso de que sobre los bienes y derechos situados en el extranjero se abra un procedimiento de insolvencia, se tendrán en cuenta las reglas sobre reconocimiento de procedimientos extranjeros y coordinación de procedimientos paralelos previstas en el libro cuarto.NOTA: Redacción modificada (apartado 2) por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.
Artículo 49 de la Ley Concursal ~ Competencia por razón de radicar en España un establecimiento.
¿Qué nos indica el Artículo 49?
El Artículo 49 nos indica la competencia del juez a la hora de declarar y tramitar un concurso de acreedores en España cuando el centro de los intereses principales del deudor no se encuentra en territorio español pero este tiene un establecimiento en el país. El artículo establece que el juez competente será aquel cuyo territorio incluya a dicho establecimiento, o cualquiera de ellos si hay más de uno, a elección del solicitante.
En este artículo se utiliza el término "establecimiento", el cual se define como todo lugar de operaciones donde el deudor ejerce una actividad económica de forma no transitoria utilizando recursos humanos y materiales. Además, se hace énfasis en que los efectos de este concurso, considerado concurso territorial a nivel internacional, se limitarán a los bienes y derechos del deudor ubicados en territorio español, ya sean o no afectos a la actividad del establecimiento.
Es importante tener en cuenta que, si se abre un procedimiento de insolvencia sobre los bienes y derechos situados en el extranjero, se aplicarán las reglas de reconocimiento de procedimientos extranjeros y coordinación de procedimientos paralelos previstas en el libro cuarto de la legislación.
El Artículo 49: explicación sencilla
El Artículo 49 establece cómo se determina el juez competente para declarar y tramitar un concurso de acreedores en España cuando el deudor no tiene su centro de intereses principales en el país, pero cuenta con un establecimiento aquí. El artículo señala que el juez competente será aquel cuyo territorio incluya a dicho establecimiento, o cualquiera de ellos si hay más de uno.
En este artículo se utiliza el término "establecimiento", que se refiere a cualquier lugar donde el deudor realice su actividad económica de manera estable y permanente, empleando recursos humanos y materiales. Es importante destacar que los efectos de este concurso se limitan a los bienes y derechos del deudor que se encuentren dentro del territorio español, independientemente de su relación con la actividad del establecimiento.
Si existen bienes y derechos en el extranjero, se aplicarán las reglas de reconocimiento de procedimientos extranjeros y coordinación de procedimientos paralelos previstas en la legislación correspondiente.
Dicho en pocas líneas, este artículo busca determinar qué juez será competente para declarar y tramitar un concurso de acreedores en España en casos en los que el deudor no tiene su centro de intereses principales en el país pero cuenta con un establecimiento aquí.
Ejemplos de aplicación del artículo 49 de la Ley Concursal
- Una empresa extranjera tiene un establecimiento en España donde realiza operaciones comerciales de forma permanente. En caso de que esta empresa caiga en insolvencia, el juez competente para declarar y tramitar el concurso de acreedores será el juez del territorio donde se encuentre el establecimiento en España.
- Un ciudadano español tiene su centro de intereses principales en otro país, pero tiene una sucursal en territorio español donde desarrolla una actividad económica de manera permanente. Si este ciudadano entra en insolvencia, el juez competente será el del territorio donde se ubique esta sucursal en España.
- Una empresa española tiene varios establecimientos en diferentes ciudades de España. En caso de solicitar el concurso de acreedores, podrá elegir el juez competente entre cualquiera de los territorios donde se encuentren estos establecimientos.
- Un empresario extranjero tiene una oficina en Barcelona donde realiza su actividad comercial de forma permanente. Si este empresario enfrenta problemas financieros, el juez competente será el de Barcelona para declarar y tramitar el concurso de acreedores.
- Una compañía internacional tiene sus activos principales en el extranjero, pero también cuenta con una oficina en Madrid. En caso de insolvencia, se aplicarán las reglas de reconocimiento de procedimientos extranjeros y coordinación de procedimientos paralelos, según lo establecido en el libro cuarto de la Ley Concursal.
¿Cuál es la finalidad del Artículo 49 de la Ley Concursal?
1. El Artículo 49 de la Ley Concursal establece que si el centro de los intereses principales del deudor no se encuentra en territorio español, pero cuenta con un establecimiento en dicho territorio, será competente el juez en cuyo territorio se ubique ese establecimiento para declarar y tramitar el concurso de acreedores.
2. La finalidad de este artículo es determinar la competencia territorial en casos donde el deudor no tenga su centro de intereses en España pero opere a través de un establecimiento en el país. De esta manera, se garantiza que el proceso concursal se lleve a cabo de manera eficiente y en el lugar más adecuado según las circunstancias del deudor.
3. Además, se establece que los efectos del concurso se limitarán a los bienes y derechos del deudor que estén situados en territorio español, independientemente de si están afectos a la actividad del establecimiento o no. En caso de que exista un procedimiento de insolvencia en el extranjero, se aplicarán las reglas de reconocimiento de procedimientos extranjeros y coordinación de procedimientos paralelos previstas en el libro cuarto.
Este artículo busca asegurar una aplicación coherente de la Ley Concursal en casos donde la empresa o persona física afectada tenga sus actividades repartidas entre distintos países, garantizando así una correcta administración de la insolvencia en el ámbito internacional.