(Suprimido)NOTA: Disposición suprimida por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.
Artículo 562 de la Ley Concursal ~ Inserción de resoluciones judiciales en la sección primera.
¿Qué nos indica el Artículo 562?
El Artículo 562, actualmente suprimido por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, hacía referencia a la inserción de resoluciones judiciales en la sección primera. A continuación, desglosaremos cada palabra y analizaremos en detalle el mensaje general del artículo.
El Artículo 562: explicación sencilla
El Artículo 562 trataba sobre la inserción de resoluciones judiciales en la sección primera. Para entenderlo mejor, comenzaremos por desglosar cada palabra y luego analizaremos el significado general del artículo.
En primer lugar, encontramos la palabra "inserción". Esta hace referencia a la acción de incluir algo dentro de otra cosa, en este caso, se refiere a la inclusión de resoluciones judiciales en la sección primera.
La siguiente palabra clave es "resoluciones". En el ámbito legal, una resolución se refiere a una decisión tomada por un juez o tribunal. Estas decisiones pueden ser de diversas naturalezas, como sentencias, autos o providencias.
Por otro lado, la palabra "judiciales" indica que estas resoluciones se refieren a decisiones emitidas por los tribunales o autoridades judiciales, lo cual implica que tienen un carácter legal y deben ser respetadas y acatadas.
Finalmente, el término "sección primera" hace referencia a una sección específica dentro de un ámbito más amplio. En este caso, se trata de una sección en el contexto de las leyes españolas.
En pocas palabras, el Artículo 562 indicaba que las resoluciones judiciales debían ser insertadas en la sección primera, lo cual implicaba que estas decisiones debían ser incluidas y registradas en un lugar específico dentro del marco legal español.
Es importante destacar que este artículo ha sido suprimido por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, por lo que ya no tiene vigencia en la legislación actual.