A la solicitud de declaración de concurso, el deudor acompañará los documentos siguientes: 1.º Una memoria expresiva de la historia económica y jurídica del deudor; de la actividad o actividades a que se haya dedicado durante los tres últimos años y de los establecimientos, oficinas y explotaciones de que sea titular, y de las causas del estado de insolvencia en que se encuentre. Si el deudor fuera persona casada, indicará en la memoria la identidad del cónyuge, la fecha del matrimonio, el régimen económico por el que se rija y, si se hubiera pactado, la fecha de las capitulaciones matrimoniales. Si el deudor tuviera pareja inscrita, indicará en la memoria la identidad de la pareja y la fecha de inscripción en el registro correspondiente. Si el deudor fuera persona jurídica, indicará en la memoria la identidad de los socios o asociados de que tenga constancia; la identidad de los administradores o de los liquidadores, de los directores generales y, en su caso, del auditor de cuentas; si tiene admitidos valores admitidos a cotización en un centro de negociación, y si forma parte de un grupo de sociedades, enumerando las que estén integradas en este, con expresión de la identidad de la sociedad dominante. 2.º Un inventario de los bienes y derechos que integren su patrimonio, con expresión de la naturaleza que tuvieran, las características, el lugar en que se encuentren y, si estuvieran inscritos en un registro público, los datos de identificación registral de cada uno de los bienes y derechos relacionados, el valor de adquisición, las correcciones valorativas que procedan y la estimación del valor de mercado a la fecha de la solicitud. Se indicarán también en el inventario los derechos, los gravámenes, las trabas y las cargas que afecten a estos bienes y derechos, a favor de acreedor o de tercero, con expresión de la naturaleza que tuvieren y, en su caso, los datos de identificación registral. 3.º La relación de acreedores con expresión de la identidad, el domicilio y la dirección electrónica, si la tuviere, de cada uno de ellos, así como de la cuantía y el vencimiento de los respectivos créditos y las garantías personales o reales constituidas. Si algún acreedor hubiera reclamado judicialmente el pago del crédito, se identificará el procedimiento correspondiente y se indicará el estado de las actuaciones. 4.º Si el deudor fuera empleador, el número de trabajadores, con expresión del centro de trabajo al que estuvieran afectos, y la identidad de los integrantes del órgano de representación de los mismos si los hubiere, con expresión de la dirección electrónica de cada uno de ellosNOTA: Redacción modificada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.
Artículo 7 de la Ley Concursal ~ Documentos generales.
La finalidad del Artículo 7 de la Ley Concursal es proporcionar al juez toda la información necesaria para evaluar la viabilidad del concurso y proteger los intereses de todas las partes involucradas en el proceso concursal.
¿Qué nos indica el Artículo 7?
El Artículo 7 establece los documentos que deben ser acompañados a la solicitud de declaración de concurso por parte del deudor. Estos documentos son necesarios para proporcionar información relevante sobre la situación económica, jurídica y patrimonial del deudor, así como los detalles relacionados con sus acreedores y empleados en caso de ser aplicable.
El Artículo 7: explicación sencilla
El Artículo 7 del código de leyes establece los documentos que el deudor debe presentar al solicitar la declaración de concurso. El objetivo de estos documentos es proporcionar una visión clara y completa de la situación financiera y jurídica del deudor, así como de su patrimonio y relaciones con los acreedores.
A continuación, vamos a analizar detalladamente cada uno de los puntos que se mencionan en el Artículo 7:
1.º Una memoria expresiva de la historia económica y jurídica del deudor;
Este primer punto requiere que el deudor prepare una memoria en la que se describa la historia económica y jurídica de su situación. Esta memoria debe incluir información sobre la actividad comercial o actividades a las que se ha dedicado durante los últimos tres años, los establecimientos, oficinas y explotaciones de los que es titular, y las causas que han llevado al estado de insolvencia en el que se encuentra el deudor.
Si el deudor fuera persona casada, indicará en la memoria la identidad del cónyuge, la fecha del matrimonio, el régimen económico por el que se rija y, si se hubiera pactado, la fecha de las capitulaciones matrimoniales. Si el deudor tuviera pareja inscrita, indicará en la memoria la identidad de la pareja y la fecha de inscripción en el registro correspondiente.
En caso de que el deudor esté casado, deberá proporcionar detalles sobre su cónyuge, como la identidad, fecha de matrimonio y el régimen económico bajo el cual se rigen los bienes del matrimonio. Si el deudor tiene una pareja inscrita, también debe mencionar la identidad de la pareja y la fecha de inscripción en el registro correspondiente.
Si el deudor fuera persona jurídica, indicará en la memoria la identidad de los socios o asociados de que tenga constancia; la identidad de los administradores o de los liquidadores, de los directores generales y, en su caso, del auditor de cuentas; si tiene admitidos valores admitidos a cotización en un centro de negociación, y si forma parte de un grupo de sociedades, enumerando las que estén integradas en este, con expresión de la identidad de la sociedad dominante.
Si el deudor es una persona jurídica, debe proporcionar información sobre los socios o asociados de los cuales tenga conocimiento, así como la identidad de los administradores, liquidadores, directores generales y, en su caso, el auditor de cuentas. También deberá indicar si tiene valores admitidos a cotización en un centro de negociación y si forma parte de un grupo de sociedades, especificando las que están integradas y la identidad de la sociedad dominante.
2.º Un inventario de los bienes y derechos que integren su patrimonio, con expresión de la naturaleza que tuvieran, las características, el lugar en que se encuentren y, si estuvieran inscritos en un registro público, los datos de identificación registral de cada uno de los bienes y derechos relacionados, el valor de adquisición, las correcciones valorativas que procedan y la estimación del valor de mercado a la fecha de la solicitud. Se indicarán también en el inventario los derechos, los gravámenes, las trabas y las cargas que afecten a estos bienes y derechos, a favor de acreedor o de tercero, con expresión de la naturaleza que tuvieren y, en su caso, los datos de identificación registral.
Este punto requiere que el deudor prepare un inventario detallado de todos sus bienes y derechos, especificando su naturaleza, características y ubicación. Si estos bienes y derechos están registrados públicamente, también se deben proporcionar datos de identificación registral. Además, se debe indicar el valor de adquisición, las correcciones valorativas correspondientes y la estimación del valor de mercado a la fecha de la solicitud. También se deben mencionar los derechos, gravámenes, trabas y cargas que afecten a estos bienes y derechos, indicando su naturaleza y, si corresponde, los datos de identificación registral.
3.º La relación de acreedores con expresión de la identidad, el domicilio y la dirección electrónica, si la tuviere, de cada uno de ellos, así como de la cuantía y el vencimiento de los respectivos créditos y las garantías personales o reales constituidas. Si algún acreedor hubiera reclamado judicialmente el pago del crédito, se identificará el procedimiento correspondiente y se indicará el estado de las actuaciones.
En este punto, el deudor debe proporcionar una lista de sus acreedores, incluyendo su identidad, domicilio, dirección electrónica (si la tuvieran), la cuantía y la fecha de vencimiento de cada uno de sus créditos, así como las garantías personales o reales constituidas. Si alguno de los acreedores ha presentado una demanda judicial para reclamar el pago de su crédito, se debe identificar el procedimiento correspondiente y se debe indicar el estado actual de las actuaciones legales.
4.º Si el deudor fuera empleador, el número de trabajadores, con expresión del centro de trabajo al que estuvieran afectos, y la identidad de los integrantes del órgano de representación de los mismos si los hubiere, con expresión de la dirección electrónica de cada uno de ellos.
En caso de que el deudor sea un empleador, se debe mencionar el número de trabajadores que emplea, indicando los centros de trabajo a los que están asignados. Si existen órganos de representación de los trabajadores, también se deben mencionar los miembros de dichos órganos, incluyendo su dirección electrónica, en caso de que la tengan.
Ejemplos de aplicación del artículo 7 de la Ley Concursal
- Deudor persona jurídica: Una empresa solicita la declaración de concurso y debe presentar una memoria con la historia económica y jurídica de la empresa, la identidad de los socios, administradores, y si forma parte de un grupo de sociedades. Además, debe presentar un inventario de sus bienes y derechos, así como la relación de sus acreedores.
- Deudor persona casada: Un autónomo casado solicita el concurso y debe indicar en la memoria la identidad de su cónyuge, la fecha del matrimonio, el régimen económico y las capitulaciones matrimoniales, si las hubiera. También deberá presentar un inventario de sus bienes y derechos, y la relación de sus acreedores.
- Deudor con pareja inscrita: Un autónomo con pareja inscrita solicita el concurso y debe indicar en la memoria la identidad de su pareja y la fecha de inscripción en el registro correspondiente. Además, deberá presentar un inventario de sus bienes y derechos, y la relación de sus acreedores.
- Deudor empleador: Una empresa que emplea a trabajadores solicita el concurso y debe indicar el número de trabajadores, el centro de trabajo al que están afectos, y la identidad de los integrantes del órgano de representación de los mismos, si los hubiere. Además, deberá presentar un inventario de sus bienes y derechos, y la relación de sus acreedores.
- Acreedores reclamando judicialmente: Si un acreedor ha reclamado judicialmente el pago de un crédito, en la relación de acreedores se deberá identificar el procedimiento correspondiente y el estado de las actuaciones.
Estos son solo algunos ejemplos de cómo se podría aplicar el artículo 7 de la Ley Concursal en diferentes situaciones. Es importante cumplir con los requisitos establecidos en la ley para garantizar una correcta declaración de concurso.
¿Cuál es la finalidad del Artículo 7 de la Ley Concursal?
El Artículo 7 de la Ley Concursal establece los documentos que deben acompañar la solicitud de declaración de concurso por parte del deudor. La principal finalidad de este artículo es garantizar la transparencia y la información necesaria para que el juez pueda evaluar la situación financiera del deudor y tomar una decisión fundamentada.
En primer lugar, se requiere una memoria que detalle la historia económica y jurídica del deudor, la actividad que ha desarrollado en los últimos tres años, las causas de su insolvencia y, en el caso de personas casadas o con pareja inscrita, información adicional sobre sus respectivos cónyuges o parejas.
Además, se solicita un inventario detallado de los bienes y derechos del deudor, con sus valores de adquisición y de mercado, así como los gravámenes y cargas que puedan afectar a estos bienes.
Asimismo, se exige una lista de acreedores con sus datos personales y la información relevante sobre sus créditos, garantías y reclamaciones judiciales, así como detalles específicos si el deudor es un empleador.