Artículo 37 quater de la Ley Concursal explicado

Artículo 37 quater de la Ley Concursal explicado

1. En el caso de que, dentro de plazo, acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo formularan solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el artículo anterior, el juez, mediante auto, procederá al nombramiento para que, en el plazo de un mes a contar desde la aceptación, emita el informe solicitado. En el mismo auto fijará la retribución del administrador por la emisión del informe encomendado, cuya satisfacción corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.    2. El deudor deberá facilitar de inmediato toda la información que le sea requerida por el administrador concursal para la elaboración del informe a que se refiere el artículo anterior.NOTA: Redacción dada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.

Artículo 37 quater de la Ley Concursal ~ Solicitud de nombramiento de administrador concursal.

¿Qué nos indica el Artículo 37 quater.?

El Artículo 37 quater establece los procedimientos y requisitos para solicitar el nombramiento de un administrador concursal en un proceso concursal en España.

En este artículo, se especifica que si uno o varios acreedores que representan al menos el cinco por ciento del pasivo presentan una solicitud de nombramiento de un administrador concursal, el juez procederá a realizar dicho nombramiento. El administrador concursal será responsable de emitir un informe solicitado por los acreedores en un plazo máximo de un mes a partir de su aceptación.

Este artículo también establece que el juez fijará la retribución del administrador concursal por su trabajo, y que dicha retribución será asumida por los acreedores que solicitaron su nombramiento.

Asimismo, se establece la obligación del deudor de proporcionar al administrador concursal toda la información requerida para la elaboración del informe.

Es importante destacar que estas disposiciones han sido modificadas por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre.

El Artículo 37 quater.: explicación sencilla

Para sintetizar, el Artículo 37 quater establece que si los acreedores que representen al menos el cinco por ciento del pasivo presentan una solicitud, se procederá al nombramiento de un administrador concursal. Este administrador tendrá la responsabilidad de emitir un informe dentro de un plazo de un mes, el cual será sufragado por los acreedores que solicitaron su nombramiento. Por otro lado, el deudor está obligado a proporcionar la información necesaria para la elaboración del informe.

El objetivo de esta disposición es asegurar una adecuada gestión y control en los procesos concursales, garantizando la imparcialidad y transparencia en la emisión del informe por parte del administrador concursal.

Esperamos que esta explicación haya aclarado el significado y la importancia del Artículo 37 quater. para los ciudadanos que no tienen conocimientos especializados en leyes. Si tienes alguna otra pregunta o necesitas más información, no dudes en contactarnos. Estaremos encantados de ayudarte.

Ejemplos de aplicación del artículo 37 quater de la Ley Concursal

  • Un grupo de acreedores que representan el cinco por ciento del pasivo de una empresa en proceso concursal solicita el nombramiento de un administrador concursal para que emita un informe sobre la situación de la empresa.
  • El juez procede al nombramiento del administrador concursal y fija la retribución por la emisión del informe, que deberá ser pagada por los acreedores solicitantes.
  • El administrador concursal solicita al deudor toda la información necesaria para elaborar el informe requerido por los acreedores.
  • La empresa en proceso concursal no cumple con facilitar la información requerida por el administrador concursal, lo que podría retrasar el proceso de evaluación de la situación.
  • Un acreedor individual que represente el cinco por ciento del pasivo de una empresa en concurso pide el nombramiento de un administrador concursal para conocer la viabilidad de la empresa.

Estos ejemplos ilustran cómo el artículo 37 quater de la Ley Concursal regula el nombramiento de administradores concursales para emitir informes sobre la situación de las empresas en proceso concursal, así como la obligación del deudor de facilitar la información necesaria para la elaboración de dichos informes. Es importante que tanto los acreedores como los deudores cumplan con las disposiciones de la ley para garantizar un proceso concursal transparente y eficiente.

¿Cuál es la finalidad del Artículo 37 quater de la Ley Concursal?

La principal finalidad del Artículo 37 quater de la Ley Concursal es garantizar que, en el caso de que un grupo de acreedores que representen al menos el cinco por ciento del pasivo de la empresa en concurso soliciten el nombramiento de un administrador concursal para emitir un informe, el juez proceda al nombramiento en un plazo de un mes. Además, se establece que el deudor debe proporcionar toda la información necesaria al administrador concursal de manera inmediata para la elaboración del informe solicitado.

En este sentido, el objetivo principal de este artículo es asegurar que los intereses de los acreedores se vean protegidos y que haya una gestión adecuada en el proceso concursal. Al establecer un procedimiento claro y específico para la solicitud y emisión de informes por parte del administrador concursal, se busca facilitar la toma de decisiones informadas y transparentes en el marco de un concurso de acreedores.