Artículo 37 ter de la Ley Concursal explicado

Artículo 37 ter de la Ley Concursal explicado

1. Si de la solicitud de declaración de concurso y de los documentos que la acompañen resultare que el deudor se encuentra en cualquiera de las situaciones a que se refiere el artículo anterior, el juez dictará auto declarando el concurso de acreedores, con expresión del pasivo que resulte de la documentación, sin más pronunciamientos, ordenando la remisión telemática al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:    1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.    2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.    3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.    2. En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.    3. El auto de declaración de concurso, en caso de que el deudor fuera empleador, se notificará a la representación legal de las personas trabajadorasNOTA: Redacción dada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.

Artículo 37 ter de la Ley Concursal ~ Especialidades de la declaración de concurso sin masa.

El Artículo 37 ter de la Ley Concursal busca establecer un marco de actuación claro y específico para los casos en los que se requiera la declaración de concurso de acreedores, protegiendo los derechos de las partes involucradas y garantizando un procedimiento transparente y justo en el ámbito concursal.

¿Qué nos indica el Artículo 37 ter.?

El Artículo 37 ter. es una disposición legal que se encuentra en la Ley Concursal española. Este artículo establece las especialidades de la declaración de concurso sin masa, es decir, cuando el deudor se encuentra en una situación en la que no posee activos suficientes para satisfacer sus deudas.

En este sentido, el artículo establece que si la solicitud de declaración de concurso y los documentos que la acompañan demuestran que el deudor se encuentra en una situación en la que no cuenta con activos suficientes, el juez emitirá una resolución declarando el concurso de acreedores. Esta resolución deberá indicar el monto total de las deudas del deudor, pero no realizará otros pronunciamientos adicionales.

Además, se establece que el auto de declaración de concurso deberá ser remitido telemáticamente al "Boletín Oficial del Estado" para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y también se deberá publicar en el Registro público concursal. Asimismo, se realizará un llamamiento a los acreedores que representen al menos el cinco por ciento del pasivo, para que en un plazo de quince días desde la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal.

Este administrador concursal deberá presentar un informe razonado y documentado sobre varios aspectos importantes:

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor ha realizado actos que perjudican a la masa activa del concurso y que, por lo tanto, podrían ser rescindibles según lo establecido en la ley.

2.º Si existen indicios suficientes para ejercer acciones de responsabilidad social contra los administradores o liquidadores de la entidad concursada, así como contra otras personas que tengan cargos de alta dirección en la sociedad.

3.º Si existen indicios suficientes para calificar el concurso como culpable.

El Artículo 37 ter.: explicación sencilla

En términos sencillos, el Artículo 37 ter. establece qué sucede cuando un deudor se encuentra en una situación en la que no puede satisfacer sus deudas debido a la falta de activos suficientes. En este caso, se procede a declarar el concurso de acreedores.

El artículo establece que, una vez declarado el concurso, se realizarán diversas acciones para proteger los derechos de los acreedores y analizar la situación del deudor. Se realizará una publicación oficial de la declaración de concurso y se dará la oportunidad a los acreedores de solicitar la designación de un administrador concursal.

Este administrador tendrá la tarea de determinar si el deudor ha realizado acciones perjudiciales para la masa activa del concurso, si existen indicios de responsabilidad social de los administradores de la entidad y si el concurso puede ser considerado como culpable.

Dicho en pocas líneas, el Artículo 37 ter. establece un procedimiento específico para los casos en los que un deudor no posee activos suficientes para satisfacer sus deudas. Este artículo busca proteger los derechos de los acreedores y analizar si ha habido acciones perjudiciales por parte del deudor o de los administradores de la entidad concursada.

Ejemplos de aplicación del artículo 37 ter de la Ley Concursal

  • Supuesto 1: Una empresa presenta solicitud de concurso de acreedores y se detecta que administradores realizaron actos perjudiciales para la masa activa. En este caso, se puede iniciar un proceso para rescindir dichos actos conforme a lo establecido en la ley.
  • Supuesto 2: Una persona jurídica concursada tiene indicios de haber realizado acciones que podrían dar lugar a responsabilidad social contra sus administradores. En este caso, se puede ejercer la acción social de responsabilidad contra los mismos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo.
  • Supuesto 3: Un deudor presenta concurso de acreedores y existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable. En esta situación, se realizarán las actuaciones correspondientes para determinar si efectivamente el concurso es culpable.
  • Supuesto 4: Tras la declaración de concurso, ningún legitimado formula solicitud para el nombramiento de un administrador concursal. En este caso, el deudor persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.
  • Supuesto 5: El auto de declaración de concurso se notifica a la representación legal de las personas trabajadoras en el caso de que el deudor sea un empleador. Esto garantiza que los trabajadores tengan conocimiento de la situación concursal de la empresa.

Estos son solo algunos ejemplos de cómo se puede aplicar el artículo 37 ter de la Ley Concursal en diferentes situaciones. Es fundamental contar con asesoramiento legal especializado para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.

¿Cuál es la finalidad del Artículo 37 ter de la Ley Concursal?

El Artículo 37 ter de la Ley Concursal tiene como principal finalidad establecer los procedimientos a seguir en caso de que un deudor se encuentre en una situación que requiera la declaración de concurso de acreedores. En este artículo se detallan las acciones a tomar por parte del juez, como la declaración del concurso, la publicación en el Boletín Oficial del Estado, la posibilidad de solicitar el nombramiento de un administrador concursal, entre otros aspectos relevantes.

Además, este artículo también establece la posibilidad para el deudor persona natural de solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho si ningún legitimado ha formulado la solicitud correspondiente. Asimismo, se contempla la notificación del auto de declaración de concurso a la representación legal de las personas trabajadoras en caso de que el deudor sea un empleador.