Artículo 423 de la Ley Concursal explicado

Artículo 423 de la Ley Concursal explicado

1. La realización durante la fase de liquidación de la masa activa de cualquier bien o derecho o conjunto de bienes o derechos que, según el último inventario presentado por la administración concursal tuviera un valor superior al cinco por ciento del valor total de los bienes y derechos inventariados, se realizará mediante subasta electrónica, salvo que el juez, al establecer las reglas especiales de liquidación, hubiera decidido otra cosa.    2. La subasta electrónica de los bienes y derechos deberá realizarse mediante la inclusión de esos bienes o derechos o parte de ellos, bien en el portal de subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, bien en cualquier otro portal electrónico especializado en la liquidación de activos.NOTA: Redacción modificada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.

Artículo 423 de la Ley Concursal ~ Regla de la subasta.

El objetivo principal del Artículo 423 es asegurar que la realización de bienes y derechos durante la liquidación de la masa activa se realice de manera eficiente, transparente y conforme a las reglas establecidas en la Ley Concursal, protegiendo así los intereses de las partes involucradas en el procedimiento concursal.

¿Qué nos indica el Artículo 423?

El Artículo 423 nos proporciona información sobre la regla de la subasta durante la fase de liquidación de la masa activa en un proceso concursal. Nos indica que cualquier bien o derecho, o conjunto de ellos, cuyo valor sea superior al cinco por ciento del valor total de los bienes y derechos inventariados, deberá ser realizado mediante subasta electrónica. Sin embargo, el juez tiene la facultad de decidir lo contrario al establecer las reglas especiales de liquidación.

El Artículo 423: explicación sencilla

En términos sencillos, el Artículo 423 establece que, durante la fase de liquidación de un proceso concursal, aquellos bienes o derechos que representen más del cinco por ciento del valor total de los bienes y derechos inventariados, deberán ser vendidos a través de una subasta electrónica. Esto significa que se utilizará un medio electrónico para realizar la subasta y encontrar un comprador para estos activos.

Es importante destacar que esta regla se aplica siempre y cuando el juez no haya decidido lo contrario al establecer las reglas especiales de liquidación. Esto significa que el juez puede tomar decisiones diferentes para la venta de estos activos si así lo considera conveniente en cada caso.

La subasta electrónica de los bienes y derechos se llevará a cabo a través de la inclusión de estos activos en el portal de subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado o en cualquier otro portal electrónico especializado en liquidación de activos.

Esta regla busca garantizar la transparencia y la competitividad en el proceso de venta de estos activos durante la fase de liquidación de un proceso concursal. Al utilizar un medio electrónico, se facilita el acceso a potenciales compradores y se fomenta la participación de diferentes interesados en la adquisición de los activos. Esto puede ayudar a obtener un precio más justo y ventajoso para la masa activa en liquidación.

Es importante destacar que el Artículo 423 ha sido modificado por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. Esta modificación puede haber introducido cambios adicionales a la redacción original del artículo, por lo que es importante consultar la versión actualizada de la ley para obtener la información más precisa y actualizada sobre este tema.

Dicho en pocas líneas, el Artículo 423 establece la regla de la subasta electrónica para la venta de bienes y derechos que representen más del cinco por ciento del valor total de los bienes y derechos inventariados durante la fase de liquidación de un proceso concursal. Esta regla busca promover la transparencia y la competencia en el proceso de venta, y garantizar un precio justo para la masa activa en liquidación.

Ejemplos de aplicación del artículo 423 de la Ley Concursal

  • Proceso de liquidación de una empresa: Cuando una empresa entra en fase de liquidación, la administración concursal deberá realizar una subasta electrónica de bienes y derechos que representen más del cinco por ciento del total inventariado, como lo establece el artículo 423.
  • Realización de un inmueble: Si en el inventario presentado se identifica un inmueble con un valor superior al cinco por ciento del total de bienes, este deberá ser subastado electrónicamente de acuerdo al artículo 423.
  • Venta de stocks de mercancía: En el caso de una empresa que debe liquidar su inventario de mercancía, si el valor de ciertos productos supera el porcentaje indicado, se aplicará la subasta electrónica conforme a la ley concursal.
  • Subasta de maquinaria industrial: Si una empresa en liquidación posee maquinaria industrial valiosa, esta deberá ser subastada electrónicamente siguiendo lo dispuesto en el artículo 423 de la Ley Concursal.
  • Venta de derechos de autor: En situaciones donde los derechos de autor de una empresa en liquidación superen el cinco por ciento del valor total inventariado, deberán ser subastados de forma electrónica según la normativa vigente.
  • Disposición de acciones en una sociedad: Si en el inventario se encuentran acciones de una sociedad con un valor significativo, estas deberán ser subastadas en línea de acuerdo al artículo 423 de la Ley Concursal.

Estos son solo algunos ejemplos de aplicación del artículo 423 de la Ley Concursal en situaciones de liquidación de bienes y derechos. Es importante tener en cuenta las disposiciones legales vigentes y seguir el procedimiento establecido para garantizar la transparencia y legalidad en el proceso de subasta electrónica.

¿Cuál es la finalidad del Artículo 423 de la Ley Concursal?

El Artículo 423 de la Ley Concursal tiene como principal finalidad regular la realización de bienes y derechos durante la fase de liquidación de la masa activa en un procedimiento concursal. Esta disposición establece que la subasta electrónica será el medio utilizado para realizar la venta de cualquier bien o derecho que tenga un valor superior al cinco por ciento del valor total de los bienes inventariados, a menos que el juez decida lo contrario al establecer las reglas especiales de liquidación.

La inclusión de los bienes y derechos en el portal de subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado o en otro portal electrónico especializado en la liquidación de activos garantiza la transparencia y publicidad del proceso de venta, así como la posibilidad de alcanzar un mayor número de posibles compradores.