Artículo 493 de la Ley Concursal explicado

Artículo 493 de la Ley Concursal explicado

1. Cualquier acreedor afectado por la exoneración estará legitimado para solicitar del juez del concurso la revocación de la exoneración del pasivo insatisfecho en los siguientes casos:    1.º Si se acreditara que el deudor ha ocultado la existencia de bienes, derechos o ingresos.    2.º Si, durante los tres años siguientes a la exoneración con liquidación de la masa activa, o a la exoneración provisional, en caso de plan de pagos, mejorase sustancialmente la situación económica del deudor por causa de herencia, legado o donación, o por juego de suerte, envite o azar, de manera que pudiera pagar la totalidad o al menos una parte de los créditos exonerados. En caso de que la posibilidad de pago fuera parcial, la revocación de la exoneración solo afectará a esa parte.    3.º Si en el momento de la solicitud estuviera en tramitación un procedimiento penal o administrativo de los previstos en los ordinales 1.º y 2.º del apartado 1 del artículo 487, y dentro de los tres años siguientes a la exoneración en caso de inexistencia o liquidación de la masa activa, o a la exoneración provisional en caso de plan de pagos, recayera sentencia condenatoria firme o resolución administrativa firme.    2. La revocación no podrá ser solicitada una vez transcurridos tres años a contar desde la exoneración con liquidación de la masa activa, o desde la exoneración provisional en caso de plan de pagos.NOTA: Redacción modificada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.

Artículo 493 de la Ley Concursal ~ Supuestos de revocación de la concesión de la exoneración.

El Artículo 493 de la Ley Concursal tiene como finalidad garantizar la protección de los derechos de los acreedores en situaciones donde se haya producido un incumplimiento por parte del deudor, evitando posibles abusos y asegurando la equidad y la transparencia en el proceso concursal.

¿Qué nos indica el Artículo 493?

El Artículo 493 del Código Civil español se refiere a los casos en los que la concesión de exoneración del pasivo insatisfecho puede ser revocada. Establece las circunstancias en las cuales un acreedor puede solicitar al juez del concurso que se revoque la exoneración otorgada al deudor.

El Artículo 493: explicación sencilla

El significado general del artículo es que cualquier acreedor afectado por la concesión de exoneración del pasivo insatisfecho puede solicitar al juez del concurso que se revoque dicha exoneración en determinados supuestos.

El primer supuesto se refiere a la ocultación de bienes, derechos o ingresos por parte del deudor. Si se acredita que el deudor ha ocultado la existencia de estos activos, un acreedor puede solicitar la revocación de la exoneración.

El segundo supuesto se refiere a la mejora sustancial de la situación económica del deudor en los tres años posteriores a la exoneración. Si el deudor recibe una herencia, un legado o una donación, o si gana una cantidad significativa de dinero a través de juegos de azar, el acreedor puede solicitar la revocación de la exoneración. Sin embargo, en caso de que el deudor únicamente pueda pagar parcialmente los créditos exonerados, la revocación solo afectará a esa parte.

El tercer supuesto se refiere a la existencia de un procedimiento penal o administrativo en curso en los que se investigue la ocultación de activos o la mejora de la situación económica del deudor. Si durante los tres años siguientes a la exoneración, se dicta una sentencia condenatoria firme o una resolución administrativa firme en este procedimiento, un acreedor puede solicitar la revocación de la exoneración.

Es importante destacar que la revocación no puede ser solicitada una vez transcurridos tres años a contar desde la exoneración con liquidación de la masa activa, o desde la exoneración provisional en caso de plan de pagos.

Dicho en pocas líneas, el Artículo 493 establece los supuestos en los que un acreedor puede solicitar la revocación de la exoneración del pasivo insatisfecho otorgada al deudor. Estos supuestos incluyen la ocultación de activos, la mejora sustancial de la situación económica del deudor y la existencia de un procedimiento penal o administrativo con una resolución firme. Es importante tener en cuenta los plazos establecidos para solicitar la revocación.

Ejemplos de aplicación del artículo 493 de la Ley Concursal

  • Ejemplo 1: Un acreedor descubre que el deudor ha ocultado la existencia de bienes inmuebles a la hora de solicitar la exoneración de sus deudas. En este caso, el acreedor puede solicitar la revocación de la exoneración del pasivo insatisfecho.
  • Ejemplo 2: Tras la exoneración con liquidación de la masa activa, el deudor recibe una herencia que mejora significativamente su situación económica. Si esto sucede dentro de los tres años siguientes a la exoneración, los acreedores podrían solicitar la revocación de la exoneración para obtener el pago de sus créditos.
  • Ejemplo 3: Si se está llevando a cabo un procedimiento penal contra el deudor y este recibe una sentencia condenatoria firme dentro de los tres años posteriores a la exoneración de sus deudas, los acreedores podrían solicitar la revocación de la exoneración.
  • Ejemplo 4: El deudor recibe una importante donación de dinero después de haber sido exonerado de sus deudas. Si esta mejora su situación económica de tal manera que podría pagar al menos una parte de los créditos exonerados, los acreedores podrían solicitar la revocación de la exoneración en esa parte.
  • Ejemplo 5: Tras la exoneración provisional en caso de plan de pagos, el deudor gana una gran cantidad de dinero en un juego de azar. Si esto sucede dentro de los tres años siguientes a la exoneración, los acreedores podrían solicitar la revocación de la exoneración.

¿Cuál es la finalidad del Artículo 493 de la Ley Concursal?

El Artículo 493 de la Ley Concursal tiene como principal finalidad proteger a los acreedores afectados por la exoneración de deudas en casos específicos donde se haya producido un incumplimiento por parte del deudor. Estos casos pueden ser cuando se demuestra que el deudor ha ocultado bienes, derechos o ingresos, cuando su situación económica mejora sustancialmente en un período de tres años después de la exoneración, o si está involucrado en un procedimiento penal o administrativo que resulta en una condena dentro de ese mismo período de tiempo.

El legislador ha establecido este artículo con el objetivo de evitar situaciones injustas en las que el deudor se haya beneficiado de una exoneración de deudas sin cumplir con sus obligaciones. De esta manera, se busca garantizar la equidad y la transparencia en el proceso concursal, protegiendo los intereses de los acreedores afectados.

Es importante tener en cuenta que la revocación de la exoneración solo puede solicitarse dentro de un plazo de tres años desde la exoneración inicial, con el fin de evitar posibles abusos o retrasos en el procedimiento. Esta medida busca mantener un equilibrio entre los derechos del deudor y los derechos de los acreedores, asegurando que se cumplan las obligaciones establecidas por la Ley Concursal.