Artículo 694 ter de la Ley Concursal explicado

Artículo 694 ter de la Ley Concursal explicado

1. Se entenderá que el procedimiento de liquidación se realiza sin transmisión de la empresa en funcionamiento cuando así lo determine el deudor en la solicitud de apertura de la liquidación, cuando así se desprenda del contenido del plan de liquidación o cuando así lo determine el juez tras las alegaciones realizadas al plan de liquidación por los acreedores.    2. Desde el momento de la apertura de la liquidación, cuando así lo indique el deudor, se desprenda del plan de liquidación o lo determine el juez tras las alegaciones realizadas al plan de liquidación por los acreedores, se producirá el vencimiento anticipado de los créditos aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.    3. La apertura de la liquidación supone la disolución de la sociedad. En caso de sustitución de la deudora por un administrador concursal, los administradores y liquidadores podrán desarrollar las funciones de representación de la deudora necesarias para defender sus derechos en el seno del procedimiento especial de liquidación.    4. La apertura de la liquidación del deudor persona natural producirá los efectos específicos en relación con los alimentos y la disolución de la sociedad conyugal previstos en el libro primero.NOTA: Redacción dada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.

Artículo 694 ter de la Ley Concursal ~ Efectos de la apertura del procedimiento de liquidación sin transmisión de la empresa en funcionamiento.

¿Qué nos indica el Artículo 694 ter.?

El Artículo 694 ter. establece los efectos de la apertura del procedimiento de liquidación sin transmisión de la empresa en funcionamiento. Este artículo define los escenarios en los cuales se considera que el procedimiento de liquidación no implica la transmisión de la empresa en funcionamiento. También establece los efectos que se producen a partir del momento de la apertura de la liquidación, como el vencimiento anticipado de los créditos aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Además, el artículo establece que la apertura de la liquidación supone la disolución de la sociedad y en caso de sustitución de la deudora por un administrador concursal, los administradores y liquidadores podrán desarrollar las funciones de representación de la deudora necesarias para defender sus derechos en el procedimiento especial de liquidación. Por último, se indica que la apertura de la liquidación del deudor persona natural produce efectos específicos en relación con los alimentos y la disolución de la sociedad conyugal.

El Artículo 694 ter.: explicación sencilla

En términos simples, el Artículo 694 ter. establece las consecuencias de abrir un procedimiento de liquidación sin que ocurra la transmisión de la empresa en funcionamiento. En otras palabras, cuando se solicita la liquidación de una empresa y no se pretende que siga funcionando bajo nuevos propietarios, este artículo regula qué sucede a partir de ese momento.

Uno de los puntos clave del artículo es la determinación de cuándo se considera que el procedimiento de liquidación se realiza sin transmisión de la empresa en funcionamiento. Esto puede ocurrir cuando el deudor lo indique en su solicitud de apertura de la liquidación, cuando el plan de liquidación así lo establezca o cuando el juez, después de considerar las alegaciones de los acreedores respecto al plan de liquidación, lo determine.

A partir de la apertura de la liquidación, se producen ciertos efectos importantes. En primer lugar, aquellos créditos que estén aplazados vencen anticipadamente, lo que significa que se exige su pago inmediato. Además, aquellos créditos que consistan en prestaciones diferentes al dinero se convierten en dinero.

Es importante destacar que la apertura de la liquidación implica la disolución de la sociedad. En casos donde se designe un administrador concursal en lugar del deudor, los administradores y liquidadores anteriores podrán representar a la deudora en el proceso de liquidación para proteger sus derechos.

En el caso específico de una persona natural que se encuentre en proceso de liquidación, la apertura de la misma tendrá efectos específicos en relación con los alimentos y la disolución de la sociedad conyugal. Esto quiere decir que la liquidación puede tener implicaciones en los acuerdos y obligaciones vinculados a estas áreas.

Dicho en pocas líneas, el Artículo 694 ter. establece los efectos que se producen cuando se abre un procedimiento de liquidación sin transmisión de la empresa en funcionamiento. Este artículo se encarga de regular los aspectos clave de esta situación, como la determinación de cuándo se considera que no hay transmisión de la empresa, los efectos inmediatos de la apertura de la liquidación, la disolución de la sociedad y los derechos de representación en el proceso de liquidación. También se mencionan los efectos específicos para las personas naturales en relación con los alimentos y la disolución de la sociedad conyugal.

Ejemplos de aplicación del artículo 694 ter de la Ley Concursal

  • Empresa en funcionamiento: Juan, un empresario individual, solicita la apertura de liquidación de su empresa sin transmitir la misma a un tercero, indicando esta decisión en su solicitud. Según el artículo 694 ter, en estos casos se procederá a la liquidación sin transmisión de la empresa en funcionamiento.
  • Vencimiento anticipado de créditos: María, una empresa en situación de insolvencia, presenta un plan de liquidación donde se establece el vencimiento anticipado de los créditos aplazados. Una vez aprobado por el juez, este punto del plan se hará efectivo según lo establecido en el artículo 694 ter.
  • Disolución de la sociedad: Carlos, socio de una sociedad mercantil en liquidación, solicita la apertura del proceso de liquidación. Según la Ley Concursal, la apertura de la liquidación supone la disolución de la sociedad, siendo aplicable el artículo 694 ter en este caso.
  • Efectos específicos en relación con los alimentos: Laura, una deudora persona natural, inicia el proceso de liquidación de sus bienes. Según el artículo 694 ter, la apertura de la liquidación del deudor persona natural puede tener efectos específicos en relación con los alimentos, siendo importante considerar esta disposición en dichos casos.
  • Sustitución de la deudora por un administrador concursal: Pablo, como administrador de una empresa en concurso de acreedores, es sustituido por un administrador concursal durante el proceso de liquidación. Según el artículo 694 ter, los administradores y liquidadores podrán desarrollar funciones de representación necesarias para defender los derechos de la deudora en el procedimiento especial de liquidación.

¿Cuál es la finalidad del Artículo 694 ter de la Ley Concursal?

El Artículo 694 ter de la Ley Concursal tiene como principal finalidad regular el procedimiento de liquidación de una empresa en funcionamiento sin transmisión, estableciendo las condiciones en las que esto puede ocurrir. Este artículo busca garantizar que se respeten los derechos de los acreedores y del deudor, así como asegurar que se cumplan todas las obligaciones legales durante el proceso de liquidación.

En primer lugar, se establece que el procedimiento de liquidación se puede realizar sin transmisión de la empresa en funcionamiento si así lo decide el deudor, se desprende del plan de liquidación o lo determina el juez tras las alegaciones de los acreedores. Además, se señala que desde la apertura de la liquidación se producirá el vencimiento anticipado de los créditos aplazados y la conversión en dinero de aquellas prestaciones que no lo sean.

Por otro lado, se establece que la apertura de la liquidación supone la disolución de la sociedad, y en caso de que se sustituya al deudor por un administrador concursal, este podrá ejercer las funciones de representación necesarias para proteger los derechos de la deudora. Además, se detallan los efectos específicos que la apertura de la liquidación tiene en relación con los alimentos y la disolución de la sociedad conyugal en el caso de deudores personas naturales.

En conclusión, el Artículo 694 ter de la Ley Concursal tiene como finalidad regular el procedimiento de liquidación de una empresa en funcionamiento sin transmisión, protegiendo los derechos de los acreedores y del deudor y asegurando el cumplimiento de las obligaciones legales durante este proceso.