1. En el procedimiento especial de continuación y en el procedimiento de liquidación con transmisión de la empresa en funcionamiento se aplicarán, con las especialidades establecidas en este libro, las reglas de la sección 1.ª del capítulo IV del título III del libro primero en relación con los efectos sobre los contratos pendientes de ejecución. 2. La apertura del procedimiento especial, por sí sola, no afectará a los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento. En particular, se tendrán por no puestas las cláusulas contractuales que prevean la suspensión, modificación, resolución o terminación anticipada del contrato por el mero motivo de: 1.º La presentación de la solicitud de apertura o su admisión a trámite. 2.º La solicitud de suspensión general o singular de acciones y procedimientos ejecutivos. 3.º Cualquier otra circunstancia análoga o directamente relacionada con las anteriores. 3. La apertura del procedimiento especial de continuación implicará la suspensión del deber legal de acordar la disolución por pérdidas cualificadas en tanto se tramita. 4. La apertura de la liquidación no afectará a los contratos pendientes de ejecución por ambas partes, ni serán válidas las cláusulas que permitan la resolución anticipada en caso de liquidación, en tanto exista la posibilidad de transmisión de la empresa en funcionamiento y no se haya producido un incumplimiento del contrato, posterior o anterior al inicio del procedimiento especial de liquidación.NOTA: Redacción dada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.
Artículo 694 bis de la Ley Concursal ~ Efectos de la apertura del procedimiento de continuación y del procedimiento de liquidación con transmisión de la empresa en funcionamiento.
¿Qué nos indica el Artículo 694 bis.?
El Artículo 694 bis. se refiere a los efectos de la apertura del procedimiento de continuación y del procedimiento de liquidación con transmisión de la empresa en funcionamiento. Establece las reglas que se aplicarán en estos procedimientos en relación con los contratos pendientes de ejecución, así como las cláusulas que podrán ser consideradas nulas o inaplicables debido a la apertura del procedimiento.
El Artículo 694 bis.: explicación sencilla
El Artículo 694 bis. es una disposición legal que regula los efectos de la apertura del procedimiento de continuación y del procedimiento de liquidación con transmisión de la empresa en funcionamiento. Estos procedimientos son parte de la legislación española y se aplican en situaciones en las que una empresa se encuentra en dificultades financieras o está en proceso de liquidación.
El objetivo del artículo es establecer distintas reglas y principios que se aplicarán en estos procedimientos, especialmente en lo relacionado con los contratos pendientes de ejecución. Se busca proteger los derechos de las partes involucradas en dichos contratos y evitar posibles abusos o perjuicios derivados de la apertura del procedimiento.
Efectos de la apertura del procedimiento de continuación y del procedimiento de liquidación con transmisión de la empresa en funcionamiento.
Una de las primeras cuestiones que se abordan en el artículo es la aplicación de las reglas de la sección 1.ª del capítulo IV del título III del libro primero en relación con los efectos sobre los contratos pendientes de ejecución. Esto implica que se deben seguir las normas generales establecidas para estos casos, pero también se deben considerar las particularidades específicas establecidas en este libro.
La apertura del procedimiento especial de continuación no afectará automáticamente a los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento. Esto significa que, a menos que exista un incumplimiento del contrato o se cumplan ciertas condiciones específicas, el contrato seguirá vigente y las partes deberán cumplir con sus obligaciones.
El artículo también establece que ciertas cláusulas contractuales se considerarán nulas o inaplicables. Esto incluye aquellas cláusulas que prevean la suspensión, modificación, resolución o terminación anticipada del contrato únicamente por el motivo de la presentación de la solicitud de apertura del procedimiento o por circunstancias relacionadas con dicho proceso.
La apertura del procedimiento de continuación implicará la suspensión del deber legal de acordar la disolución por pérdidas cualificadas. Esto significa que, durante la tramitación del procedimiento, la empresa no estará obligada a disolverse si cumple ciertos requisitos establecidos en la ley.
Asimismo, la apertura del procedimiento de liquidación no afectará a los contratos pendientes de ejecución por ambas partes. Esto implica que los contratos seguirán vigentes y sin modificación durante el proceso de liquidación, a menos que exista un incumplimiento posterior o anterior al inicio del procedimiento.
Se destaca la importancia de la posibilidad de la transmisión de la empresa en funcionamiento para que se mantengan válidas las cláusulas que permiten la resolución anticipada en caso de liquidación. Esto significa que si existe la posibilidad de vender la empresa en funcionamiento y no ha habido un incumplimiento contractual, las cláusulas que permiten la resolución anticipada podrán ser aplicadas.
En pocas palabras, el Artículo 694 bis. establece las reglas y principios que se aplican en los procedimientos de continuación y liquidación de empresas en dificultades financieras. El objetivo es proteger los derechos de las partes involucradas en los contratos pendientes de ejecución y garantizar que la apertura de estos procedimientos no cause perjuicios injustificados.
Ejemplos de aplicación del artículo 694 bis de la Ley Concursal
- Una empresa X presenta solicitud de apertura del procedimiento especial de continuación. Un proveedor tiene un contrato de suministro con la empresa X que incluye una cláusula que permite la resolución anticipada en caso de presentación de solicitud de apertura. Según el artículo 694 bis, esta cláusula se considerará como no puesta y el contrato seguirá vigente.
- Una empresa Y solicita la suspensión general de acciones y procedimientos ejecutivos. Uno de sus clientes tiene un contrato de compraventa con la empresa Y que incluye una cláusula de suspensión en caso de solicitud de suspensión general. Según el artículo 694 bis, esta cláusula no será válida y el contrato continuará en ejecución.
- Una empresa Z entra en procedimiento especial de liquidación. Un arrendador tiene un contrato de alquiler con la empresa Z que incluye una cláusula de resolución anticipada en caso de liquidación. Según el artículo 694 bis, esta cláusula no será válida mientras exista la posibilidad de transmisión de la empresa en funcionamiento.
- Una empresa W se encuentra en procedimiento especial de continuación. Un empleado tiene un contrato de trabajo con la empresa W que incluye una cláusula de terminación anticipada en caso de apertura del procedimiento especial. Según el artículo 694 bis, esta cláusula se considerará como no puesta y el contrato continuará en vigor.
- Una empresa V solicita la suspensión singular de acciones y procedimientos ejecutivos. Un acreedor tiene un contrato de préstamo con la empresa V que incluye una cláusula de suspensión en caso de solicitud de suspensión singular. Según el artículo 694 bis, esta cláusula no tendrá efecto y el contrato seguirá su curso.
¿Cuál es la finalidad del Artículo 694 bis de la Ley Concursal?
- El Artículo 694 bis de la Ley Concursal establece las reglas aplicables en el procedimiento especial de continuación y en el procedimiento de liquidación con transmisión de la empresa en funcionamiento en relación con los contratos pendientes de ejecución.
- La principal finalidad de este artículo es proteger los contratos con obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento frente a la apertura del procedimiento concursal.
- Se busca garantizar la estabilidad y continuidad de las relaciones contractuales, evitando que la simple solicitud de apertura del procedimiento o su admisión afecte de manera automática a dichos contratos.
- Además, se pretende evitar la resolución anticipada de los contratos en caso de liquidación, siempre y cuando exista la posibilidad de transmisión de la empresa en funcionamiento y no se haya producido un incumplimiento contractual.
el objetivo principal del Artículo 694 bis de la Ley Concursal es proteger los intereses de las partes involucradas en los contratos pendientes de ejecución durante un procedimiento concursal, asegurando la continuidad de las relaciones contractuales y evitando posibles perjuicios derivados de la situación económica del deudor.