También determinará la apertura del procedimiento especial de liquidación, en todo caso, que el deudor no se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, siempre que su devengo sea posterior al auto de apertura del procedimiento especial.NOTA: Redacción dada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.
Artículo 699 quater de la Ley Concursal ~ Obligación de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
¿Qué nos indica el Artículo 699 quater.?
El Artículo 699 quater establece la obligación de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Además, indica que se podrá abrir un procedimiento especial de liquidación si el deudor no cumple con estas obligaciones. Es importante tener en cuenta que esta disposición se aplica únicamente a las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social que se generen después de la apertura del procedimiento especial.
El Artículo 699 quater.: explicación sencilla
En términos simples, el Artículo 699 quater establece que es obligatorio cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Si un deudor no cumple con estas obligaciones, se puede abrir un procedimiento especial de liquidación. Sin embargo, es importante destacar que este procedimiento se aplica solo a las obligaciones que se generen después de la apertura del procedimiento.
Para comprender mejor este artículo, es necesario entender el significado de algunas palabras clave:
- Obligación: Se refiere a algo que una persona está legalmente requerida a hacer. En este caso, se trata de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Estar al corriente: Significa estar al día o cumplir con las obligaciones establecidas. En este contexto, implica pagar los impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social en tiempo y forma.
- Cumplimiento: Consiste en realizar lo que se exige o establece. En este caso, se trata de cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Procedimiento especial de liquidación: Se trata de un proceso establecido por la ley para resolver las deudas del deudor.
Entonces, el Artículo 699 quater establece que es obligatorio cumplir con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Si una persona no cumple con estas obligaciones, se le puede abrir un procedimiento especial de liquidación para resolver sus deudas.
Ejemplos de aplicación del artículo 699 quater de la Ley Concursal
- Deudor no al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias: Si una empresa o particular que está en un proceso concursal no ha pagado sus impuestos correspondientes después de que se haya iniciado el procedimiento especial de liquidación, este artículo puede determinar la apertura del procedimiento de liquidación.
- Deudor con deudas frente a la Seguridad Social: En caso de que el deudor no esté al corriente en el pago de sus obligaciones frente a la Seguridad Social después de la apertura del procedimiento especial de liquidación, este artículo también puede aplicarse para determinar la liquidación.
- Devolución de IVA no realizada: Si una empresa tiene pendiente la devolución de IVA por parte de la Agencia Tributaria después de que se haya iniciado el procedimiento especial de liquidación, este artículo podría ser aplicado para determinar la liquidación.
- Deudas con Hacienda por impuestos sobre la renta: En el caso de que un deudor no haya pagado sus impuestos sobre la renta después de la apertura del procedimiento especial de liquidación, este artículo podría ser utilizado para iniciar el procedimiento de liquidación.
- Incumplimiento de pagos a la Seguridad Social: Si una empresa tiene deudas pendientes con la Seguridad Social después de haber iniciado el procedimiento especial de liquidación, este artículo puede determinar la apertura del procedimiento de liquidación.
¿Cuál es la finalidad del Artículo 699 quater de la Ley Concursal?
El Artículo 699 quater de la Ley Concursal establece que se determinará la apertura del procedimiento especial de liquidación en caso de que el deudor no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, posteriores al auto de apertura del procedimiento especial.
La principal finalidad de este artículo es garantizar que el deudor cumpla con sus obligaciones fiscales y de seguridad social durante el proceso concursal. De esta manera, se busca proteger los intereses de los acreedores y asegurar que el deudor cumpla con sus compromisos financieros vigentes.
Es importante que tanto los deudores como los acreedores estén al tanto de esta disposición, ya que el incumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social puede tener consecuencias graves en el desarrollo del proceso concursal. Por lo tanto, es fundamental cumplir con estas obligaciones para evitar la apertura del procedimiento especial de liquidación.
Esta medida contribuye a mantener el equilibrio entre los derechos de los acreedores y la protección del deudor, fomentando así un proceso concursal transparente y justo para todas las partes involucradas.