1. La propuesta de convenio podrá contener medidas prohibitivas o limitativas del ejercicio por el deudor de las facultades de administración y de disposición, durante el periodo de cumplimiento del convenio, sobre bienes y derechos de la masa activa. 2. Las medidas prohibitivas o limitativas serán inscribibles en los registros públicos correspondientes y, en particular, en los que figuren inscritos los bienes o derechos afectados por ellas.NOTA: Redacción modificada (se suprime el segundo párrafo del apartado 2) por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.
Artículo 321 de la Ley Concursal ~ Propuesta con limitación de facultades.
El Artículo 321 de la Ley Concursal busca proteger los intereses de los acreedores y asegurar la viabilidad de los acuerdos de convenio, mediante la inclusión de medidas restrictivas en beneficio de la buena administración de la masa activa.
¿Qué nos indica el Artículo 321?
El Artículo 321 establece la posibilidad de incluir en la propuesta de convenio medidas que limiten o prohíban al deudor ejercer sus facultades de administración y disposición sobre los bienes y derechos de la masa activa durante el periodo de cumplimiento del convenio. Estas medidas deben ser inscribibles en los registros públicos correspondientes, especialmente aquellos en los que estén registrados los bienes o derechos afectados por dichas medidas. Cabe destacar que el segundo párrafo del apartado 2 de este artículo ha sido suprimido por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre.
El Artículo 321: explicación sencilla
El Artículo 321 es una norma legal que permite que en la propuesta de convenio presentada en un proceso concursal se incluyan medidas que limiten o prohíban al deudor el ejercicio de ciertas facultades sobre los bienes y derechos que forman parte de la masa activa. La masa activa son todos aquellos bienes y derechos que están disponibles y que pueden ser utilizados para hacer frente a las deudas del deudor.
En pocas palabras, este artículo indica que durante el periodo de cumplimiento del convenio, el deudor puede ser restringido en su capacidad para administrar y disponer de sus bienes y derechos. Estas medidas tienen como finalidad garantizar el cumplimiento del convenio y proteger los intereses de los acreedores.
Es importante destacar que las medidas restrictivas o prohibitivas deben ser inscritas en los registros públicos correspondientes, especialmente aquellos en los que estén inscritos los bienes o derechos afectados. Esto garantiza que cualquier tercero que consulte dichos registros tenga conocimiento de las limitaciones impuestas sobre dichos bienes y derechos.
Además, es relevante mencionar que la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, ha modificado el segundo párrafo del apartado 2 de este artículo. Sin embargo, no se proporciona información específica sobre la naturaleza de dicha modificación.
En pocas palabras, el Artículo 321 brinda la posibilidad de incluir restricciones al ejercicio de las facultades de administración y disposición por parte del deudor durante el periodo de cumplimiento del convenio. Estas restricciones deben ser inscritas en los registros públicos correspondientes y tienen como objetivo asegurar el cumplimiento del convenio y proteger los intereses de los acreedores.
Ejemplos de aplicación del artículo 321 de la Ley Concursal
- Medida prohibitiva: Una empresa en proceso concursal propone un convenio que incluye una medida prohibitiva que impide al deudor vender o hipotecar ciertos activos durante el periodo de cumplimiento del convenio.
- Medida limitativa: Un particular en situación de insolvencia propone un convenio que limita las facultades del deudor para administrar ciertos bienes hasta que se cumpla el convenio.
- Inscripción en registros públicos: Las medidas prohibitivas o limitativas propuestas en un convenio concursal deben ser inscritas en los registros públicos correspondientes, como el Registro de la Propiedad, para que tengan efectos legales.
- Venta de un inmueble: En caso de que el deudor deba vender un inmueble para cumplir con el convenio, la medida prohibitiva podría limitar su capacidad de realizar dicha venta sin autorización previa.
- Embargo de cuentas bancarias: Si se incluye una medida limitativa sobre las cuentas bancarias del deudor en el convenio, este podría no poder disponer libremente de su dinero durante el periodo establecido.
Estos son solo algunos ejemplos de cómo el artículo 321 de la Ley Concursal puede aplicarse en situaciones concretas de insolvencia. Es importante consultar con un experto legal para entender mejor las implicaciones y procedimientos específicos en cada caso. Recuerda que la Ley Concursal busca proteger los intereses de todas las partes involucradas en un proceso de insolvencia, por lo que es fundamental cumplir con las disposiciones establecidas en ella.
¿Cuál es la finalidad del Artículo 321 de la Ley Concursal?
El Artículo 321 de la Ley Concursal establece las medidas prohibitivas o limitativas que pueden incluirse en la propuesta de convenio presentada por el deudor. Estas medidas tienen como principal objetivo garantizar el cumplimiento del convenio y proteger los intereses de los acreedores.
Al inscribir estas medidas en los registros públicos correspondientes, se busca darles publicidad y evitar posibles fraudes o actuaciones indebidas por parte del deudor. De esta manera, se asegura que las condiciones pactadas en el convenio se cumplan de manera efectiva y transparente.
La modificación realizada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, suprime el segundo párrafo del apartado 2, lo que debe ser tenido en cuenta al interpretar y aplicar este artículo. La finalidad de esta norma es fortalecer el marco legal en materia concursal y garantizar la eficacia de las medidas adoptadas para la reestructuración y el pago de deudas.