1. La homologación judicial del plan de reestructuración aprobado de conformidad con lo previsto en este título se podrá solicitar cuando el deudor se encuentre en probabilidad de insolvencia o en estado de insolvencia inminente. 2. Cuando el deudor se encuentre en estado de insolvencia actual, se podrá solicitar la homologación del plan siempre que no hubiera sido admitida a trámite solicitud de concurso necesario.NOTA: Redacción dada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.Redacción Anterior- Redacción del artículo 636 anterior a Ley 16/2022 de 5 de septiembre.
Artículo 636 de la Ley Concursal ~ Presupuesto objetivo.
¿Qué nos indica el Artículo 636?
El Artículo 636 del Código Procesal Civil y Mercantil de España establece los criterios y requisitos para solicitar la homologación judicial de un plan de reestructuración en el contexto de la insolvencia de un deudor. Este artículo se refiere principalmente a tres cuestiones clave: el estado financiero del deudor, la viabilidad del plan de reestructuración y el proceso de homologación judicial.
El Artículo 636: explicación sencilla
El Artículo 636 del Código Procesal Civil y Mercantil establece los procedimientos para solicitar la homologación judicial de un plan de reestructuración cuando un deudor enfrenta problemas financieros. Este artículo es importante porque proporciona una guía para el deudor, sus acreedores y el poder judicial en casos de insolvencia.
El artículo se divide en dos apartados. En el primer apartado se establece que la homologación judicial del plan de reestructuración se puede solicitar cuando el deudor se encuentra en probabilidad de insolvencia o en estado de insolvencia inminente. Esto significa que el deudor debe estar demostrando dificultades financieras y estar en riesgo de no poder cumplir con sus obligaciones en el corto plazo. Aquí es importante destacar que el punto clave es la probabilidad de insolvencia o el estado de insolvencia inminente, lo que implica una preocupación real y tangible sobre la situación financiera del deudor.
En el segundo apartado del artículo se establece que si el deudor se encuentra en un estado de insolvencia actual, aún se puede solicitar la homologación del plan de reestructuración. Sin embargo, para que esto sea posible, no debe haber sido admitida a trámite una solicitud de concurso necesario. En otras palabras, si ya se ha iniciado un proceso de concurso de acreedores en contra del deudor, no se podrá solicitar la homologación del plan de reestructuración.
Para sintetizar, el Artículo 636 establece los criterios para solicitar la homologación judicial de un plan de reestructuración en casos de insolvencia. El deudor debe estar en probabilidad de insolvencia o en un estado de insolvencia inminente, y no debe haberse iniciado un proceso de concurso de acreedores en su contra. Este artículo es fundamental para garantizar una protección adecuada tanto para los deudores como para los acreedores, y para asegurar un proceso judicial justo y equitativo en situaciones de insolvencia. Es importante que los ciudadanos comprendan sus derechos y responsabilidades en relación con este artículo para tomar decisiones informadas en caso de problemas financieros.
Ejemplos de aplicación del artículo 636 de la Ley Concursal
- Empresa en situación de insolvencia inminente: Una empresa que se encuentra en una situación financiera crítica y no puede hacer frente a sus deudas puede solicitar la homologación del plan de reestructuración para intentar salvar la compañía y evitar el concurso de acreedores.
- Deudor individual en probabilidad de insolvencia: Un particular que se encuentra en una situación en la que prevé no poder cumplir con sus compromisos financieros futuros puede solicitar la homologación del plan de reestructuración para negociar con sus acreedores una forma de pago que le permita evitar la insolvencia.
- Empresa en estado de insolvencia actual sin concurso necesario: Una empresa que se encuentra en estado de insolvencia actual pero que no ha sido declarada en concurso de acreedores puede solicitar la homologación del plan de reestructuración para intentar llegar a un acuerdo con sus acreedores sin el proceso concursal.
- Autónomo con deudas crecientes: Un autónomo que ha acumulado deudas importantes y se encuentra en una situación de insolvencia inminente puede solicitar la homologación del plan de reestructuración para intentar alcanzar un acuerdo con sus acreedores y evitar la declaración de concurso de acreedores.
- Emprendedor con problemas financieros: Un emprendedor que ha iniciado un negocio pero se enfrenta a problemas financieros puede solicitar la homologación del plan de reestructuración para intentar reorganizar su deuda y evitar la insolvencia de su empresa.
Estos son solo algunos ejemplos de situaciones en las que el artículo 636 de la Ley Concursal puede ser aplicado para ayudar a deudores en dificultades financieras a encontrar una solución a su situación. Recuerda que es importante contar con asesoramiento legal especializado para llevar a cabo este proceso con éxito.
¿Cuál es la finalidad del Artículo 636 de la Ley Concursal?
1. La homologación judicial del plan de reestructuración tiene como objetivo permitir que el deudor que se encuentre en probabilidad de insolvencia o en estado de insolvencia inminente pueda presentar un plan para reestructurar sus deudas y evitar la declaración de concurso de acreedores.
2. En caso de que el deudor se encuentre en estado de insolvencia actual, la finalidad de este artículo es permitir la homologación del plan de reestructuración, siempre y cuando no haya sido admitida a trámite una solicitud de concurso necesario.
Por lo tanto, el principal propósito del legislador al redactar el Artículo 636 de la Ley Concursal es brindar una opción válida para que los deudores en situación de insolvencia puedan presentar un plan de reestructuración y buscar una solución a sus problemas financieros antes de llegar a la declaración de concurso de acreedores.