Artículo 635 de la Ley Concursal explicado

Artículo 635 de la Ley Concursal explicado

La homologación judicial del plan de reestructuración será necesaria en cualquiera de los siguientes casos:    1.º Cuando se pretenda extender sus efectos a acreedores o clases de acreedores que no hubieran votado a favor del plan o a los socios del deudor persona jurídica;    2.º Cuando se pretenda la resolución de contratos en interés de la reestructuración;    3.º Cuando se pretenda proteger la financiación interina y la nueva financiación que prevea el plan, así como los actos, operaciones o negocios realizados en el contexto de este frente a acciones rescisorias en los términos previstos en este título, y reconocer a esa financiación las preferencias de cobro previstas en el libro primero.NOTA: Redacción dada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.Redacción Anterior- Redacción del artículo 635 anterior a Ley 16/2022 de 5 de septiembre.

Artículo 635 de la Ley Concursal ~ Homologación judicial.

El artículo 635 de la Ley Concursal tiene como finalidad principal regular y garantizar un proceso de reestructuración eficiente, equitativo y que proteja los intereses de todas las partes involucradas.

¿Qué nos indica el Artículo 635?

El Artículo 635 del código de leyes de España establece las condiciones bajo las cuales se requerirá la homologación judicial en el caso de un plan de reestructuración. El objetivo de este artículo es garantizar que el plan de reestructuración tenga efectos legales y sea vinculante para todos los involucrados, especialmente si se busca extender sus efectos a acreedores no aprobados, resolver contratos en interés de la reestructuración o proteger la financiación interina y la nueva financiación previstas en el plan.

El Artículo 635: explicación sencilla

El Artículo 635 establece que en determinadas situaciones específicas, se requerirá la homologación judicial para que un plan de reestructuración sea legalmente válido y vinculante para todas las partes involucradas. Estas situaciones incluyen:

1. Cuando se pretenda extender los efectos del plan a acreedores o clases de acreedores que no hayan votado a favor del mismo, así como a los socios de la entidad deudora.
2. Cuando se pretenda resolver contratos en interés de la reestructuración.
3. Cuando se pretenda proteger la financiación interina y la nueva financiación que se contemplan en el plan, así como los actos y negocios realizados en el contexto de la reestructuración, frente a posibles acciones rescisorias. Además, se busca reconocer a esta financiación las preferencias de cobro establecidas en el libro primero de las leyes.

Para sintetizar, el artículo establece los casos en los que se debe solicitar la homologación judicial del plan de reestructuración para que sea válido y efectivo. Esto garantiza que las decisiones tomadas en el plan sean legales y tengan efectos vinculantes para todas las partes involucradas, incluso si no han aprobado el plan inicialmente. Además, se busca proteger las financiaciones y los actos realizados en el contexto del plan, asegurando su validez y preferencias de cobro.

Ejemplos de aplicación del artículo 635 de la Ley Concursal

  • Caso 1: Una empresa en situación de insolvencia presenta un plan de reestructuración que afecta a un grupo de acreedores que no votaron a favor del plan. En este caso, será necesario obtener la homologación judicial para extender los efectos del plan a estos acreedores.
  • Caso 2: Una empresa en concurso de acreedores necesita resolver ciertos contratos en interés de la reestructuración. Para llevar a cabo esta acción, se requerirá la homologación judicial del plan de reestructuración.
  • Caso 3: Una empresa en proceso de reestructuración busca proteger la financiación interina y la nueva financiación contemplada en el plan. Para garantizar la validez de estas operaciones y prevenir acciones rescisorias, es necesario obtener la homologación judicial.
  • Caso 4: Una entidad en quiebra ha realizado ciertos actos o negocios en el marco de su plan de reestructuración y desea protegerlos de posibles acciones rescisorias. En este escenario, la homologación judicial será indispensable para reconocer preferencias de cobro a la financiación involucrada.

Estos son solo algunos ejemplos de situaciones en las que el artículo 635 de la Ley Concursal puede ser aplicado. Es fundamental comprender las condiciones y requisitos que establece esta normativa para garantizar la adecuada reestructuración y protección de los derechos de los acreedores y demás partes involucradas en el proceso concursal. ¡Consulta a un experto en derecho concursal para obtener asesoramiento específico en tu caso!

¿Cuál es la finalidad del artículo 635 de la Ley Concursal?

El artículo 635 de la Ley Concursal establece los casos en los cuales la homologación judicial del plan de reestructuración será necesaria. Uno de los objetivos principales de este artículo es garantizar la protección de los derechos de los acreedores y socios, así como asegurar la viabilidad y eficacia del plan de reestructuración.

En primer lugar, se busca extender los efectos del plan a aquellos acreedores o clases de acreedores que no hayan votado a favor del mismo. Esto tiene como finalidad evitar posibles situaciones de desigualdad o perjuicio para algunos acreedores al momento de la reestructuración.

Además, el artículo prevé la posibilidad de resolver contratos en interés de la reestructuración, proteger la financiación interina y nueva financiación contemplada en el plan, y reconocer preferencias de cobro para dicha financiación. Todo esto con el fin de garantizar la continuidad de la actividad económica del deudor y evitar acciones rescisorias que puedan afectar la reestructuración.