1. El plan de reestructuración deberá ser formalizado en instrumento público por quienes lo hayan suscrito, en el que se incluirá la certificación del experto en la reestructuración, si estuviera nombrado, y en otro caso de auditor, sobre la suficiencia de las mayorías que se exigen para aprobar el plan. 2. El instrumento público en que se formalice el plan tendrá la consideración de documento sin cuantía a los efectos de determinación de los honorarios del notario que lo autorice.NOTA: Redacción dada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.Redacción Anterior- Redacción del artículo 634 anterior a Ley 16/2022 de 5 de septiembre.
Artículo 634 de la Ley Concursal ~ #VALUE!
La finalidad del artículo 634 de la Ley Concursal es asegurar que el plan de reestructuración sea formalizado de manera adecuada, con la participación de expertos y bajo los estándares de transparencia y legalidad requeridos en estos procesos concursales.
¿Qué nos indica el Artículo 634?
El Artículo 634 nos proporciona información clave sobre la formalización del plan de reestructuración en el ámbito legal. Este artículo detalla los requisitos y procedimientos que deben seguirse para llevar a cabo la formalización del plan, incluyendo la certificación de expertos y la consideración del documento sin cuantía a los efectos de determinar los honorarios del notario.
El Artículo 634: explicación sencilla
El Artículo 634 establece que el plan de reestructuración debe ser formalizado en un instrumento público, es decir, debe ser redactado y firmado por las partes involucradas en el plan. Este instrumento público deberá incluir la certificación de un experto en reestructuración, en caso de que haya sido nombrado, o en su defecto de un auditor. Esta certificación debe confirmar que se han obtenido las mayorías necesarias para aprobar el plan.
Además, el artículo especifica que el instrumento público en el que se formalice el plan será considerado como un documento sin cuantía. Esto significa que su valor económico no puede ser determinado a efectos de establecer los honorarios del notario encargado de autorizar el documento. En otras palabras, el notario no puede basar sus honorarios en el valor monetario del plan de reestructuración, sino que debe utilizar otros criterios para su determinación.
Para sintetizar, el Artículo 634 establece las reglas para la formalización del plan de reestructuración, asegurando que se cumplan los requisitos legales necesarios y que se obtengan las certificaciones correspondientes. Asimismo, busca evitar que el valor económico del plan influya en los honorarios del notario. Esta disposición es importante para garantizar la transparencia y legalidad en los procesos de reestructuración.
Ejemplos de aplicación del artículo 634 de la Ley Concursal
- Empresas en crisis financiera: En el caso de una empresa que se encuentra en una situación de crisis financiera, el artículo 634 de la Ley Concursal podría aplicarse si se decide elaborar un plan de reestructuración para tratar de solventar la situación.
- Acuerdos entre acreedores: Si varios acreedores llegan a un acuerdo para reestructurar la deuda de un deudor común, deberán formalizar dicho acuerdo en un instrumento público conforme al artículo 634.
- Reorganización de deudas: Cuando una persona física o jurídica se encuentre en una situación de insolvencia, el artículo 634 de la Ley Concursal puede aplicarse para elaborar un plan de reestructuración de deudas.
- Inclusión de expertos: Si en el proceso de elaboración del plan de reestructuración se incluye la figura de un experto en la materia, este deberá certificar la suficiencia de las mayorías requeridas para la aprobación del plan, tal y como establece el artículo 634.
- Formalización en documento público: Es importante destacar que el plan de reestructuración debe ser formalizado en un instrumento público conforme al artículo 634, lo cual otorga validez y seguridad jurídica al proceso.
Estos son solo algunos ejemplos de cómo el artículo 634 de la Ley Concursal puede aplicarse en situaciones reales, garantizando la legalidad y transparencia en los procesos de reestructuración y negociación en materia concursal. Es fundamental contar con el asesoramiento adecuado de un experto en derecho concursal para llevar a cabo estos procesos de manera efectiva y en cumplimiento con la normativa vigente.
¿Cuál es la finalidad del Artículo 634 de la Ley Concursal?
El artículo 634 de la Ley Concursal establece que el plan de reestructuración debe ser formalizado en un instrumento público por las partes involucradas, incluyendo la certificación de un experto en la reestructuración o de un auditor, según corresponda. Esta formalización en instrumento público garantiza la transparencia y la seguridad jurídica en el proceso de aprobación del plan.
Además, el artículo señala que este instrumento público tendrá la consideración de documento sin cuantía, lo que tiene implicaciones en la determinación de los honorarios del notario que lo autorice. Esta disposición busca regular y establecer criterios claros en cuanto a la remuneración de los profesionales involucrados en la formalización del plan.