1. En la medida que así lo permita la ley aplicable al procedimiento extranjero de insolvencia, su administrador o representante podrá comunicar en el concurso declarado en España, y conforme a lo establecido en esta ley, los créditos reconocidos en aquel. Bajo las mismas condiciones, el administrador o representante estará facultado para participar en el concurso en nombre de los acreedores cuyos créditos hubiera comunicado. 2. La administración concursal de un concurso declarado en España podrá presentar en un procedimiento extranjero de insolvencia, principal o territorial, los créditos reconocidos en la lista definitiva de acreedores, siempre que así lo permita la ley aplicable a ese procedimiento. Bajo las mismas condiciones estará facultada la administración concursal, o la persona que ella designe, para participar en aquel procedimiento en nombre de los acreedores cuyos créditos hubiere presentado.
Artículo 750 de la Ley Concursal ~ Ejercicio de los derechos de los acreedores.
¿Qué nos indica el Artículo 750?
El Artículo 750 se refiere al ejercicio de los derechos de los acreedores en el marco de un procedimiento de insolvencia extranjero. Establece las condiciones en las que el administrador o representante de dicho procedimiento podrá comunicar los créditos reconocidos en España y participar en el concurso en nombre de los acreedores.
El Artículo 750: explicación sencilla
El Artículo 750 del código legislativo español trata sobre los derechos de los acreedores en casos de insolvencia en el extranjero. Este artículo específicamente se centra en las condiciones bajo las cuales el administrador o representante de un procedimiento de insolvencia extranjero puede comunicar los créditos reconocidos en España y participar en el concurso en representación de los acreedores.
Dicho en pocas líneas, esto significa que si hay un procedimiento de insolvencia extranjero en curso y hay acreedores que también tienen créditos reconocidos en España, el administrador o representante de ese procedimiento puede comunicar esos créditos en el concurso declarado en España y participar en el mismo en nombre de los acreedores.
Es importante tener en cuenta que tanto el procedimiento de insolvencia extranjero como el concurso declarado en España deben cumplir con las leyes aplicables a cada jurisdicción. Esto implica que tanto el administrador o representante del procedimiento extranjero como la administración concursal del concurso en España deben actuar de acuerdo a las reglas establecidas por la ley.
Además, es necesario destacar que tanto el administrador o representante del procedimiento extranjero como la administración concursal en España pueden presentar los créditos reconocidos en el otro procedimiento, siempre y cuando la ley aplicable así lo permita.
En pocas palabras, el Artículo 750 establece las condiciones para el ejercicio de los derechos de los acreedores en casos de insolvencia extranjera, garantizando que sus créditos sean comunicados y protegidos en el concurso declarado en España, y viceversa. Esto busca garantizar la equidad y el respeto a los derechos de los acreedores en situaciones transfronterizas de insolvencia.
Ejemplos de aplicación del artículo 750 de la Ley Concursal
- Una empresa española se declara en concurso de acreedores y el administrador concursal comunica los créditos reconocidos en un procedimiento extranjero de insolvencia.
- Un ciudadano español tiene créditos reconocidos en un concurso extranjero y el administrador o representante participa en el concurso declarado en España en nombre de esos acreedores.
- La administración concursal de un concurso en España presenta los créditos reconocidos en la lista definitiva de acreedores en un procedimiento extranjero de insolvencia.
- Una empresa extranjera es declarada en concurso y la administración concursal española participa en ese procedimiento en nombre de los acreedores cuyos créditos ha presentado.
- Un ciudadano español tiene créditos reconocidos en un concurso en España y la administración concursal participa en un procedimiento extranjero en su nombre.
Estos son solo algunos ejemplos de cómo el artículo 750 de la Ley Concursal puede aplicarse en diferentes situaciones tanto en España como en el extranjero. Es importante tener en cuenta las condiciones y restricciones establecidas por la ley aplicable en cada caso para garantizar una correcta comunicación de créditos y participación en los concursos correspondientes.
¿Cuál es la finalidad del Artículo 750 de la Ley Concursal?
1. En la medida que así lo permita la ley aplicable al procedimiento extranjero de insolvencia, su administrador o representante podrá comunicar en el concurso declarado en España, y conforme a lo establecido en esta ley, los créditos reconocidos en aquel. Bajo las mismas condiciones, el administrador o representante estará facultado para participar en el concurso en nombre de los acreedores cuyos créditos hubiera comunicado.
2. La administración concursal de un concurso declarado en España podrá presentar en un procedimiento extranjero de insolvencia, principal o territorial, los créditos reconocidos en la lista definitiva de acreedores, siempre que así lo permita la ley aplicable a ese procedimiento. Bajo las mismas condiciones estará facultada la administración concursal, o la persona que ella designe, para participar en aquel procedimiento en nombre de los acreedores cuyos créditos hubiere presentado.
El objetivo principal del legislador al redactar este artículo es establecer la forma en la que se podrán comunicar y reconocer los créditos en procesos concursales tanto en España como en el extranjero. Se busca garantizar la protección de los acreedores y facilitar la participación de los administradores o representantes en los procedimientos de insolvencia en distintas jurisdicciones de manera coordinada y eficaz.