Artículo 752 de la Ley Concursal explicado

Artículo 752 de la Ley Concursal explicado

A condición de reciprocidad, el activo remanente a la conclusión de un concurso o procedimiento territorial se pondrá a disposición del administrador o representante del procedimiento extranjero principal reconocido en España. La administración concursal del concurso principal declarado en España reclamará igual medida en cualquier otro procedimiento abierto en el extranjero.

Artículo 752 de la Ley Concursal ~ Excedente del activo del procedimiento territorial.

El Artículo 752 busca asegurar que los procedimientos concursales en diferentes países se desarrollen de manera coordinada, evitando conflictos y asegurando una distribución justa de los activos a los acreedores involucrados. Esta disposición fomenta la cooperación internacional en materia concursal y contribuye a una mayor eficacia en el proceso de insolvencia transfronteriza.

¿Qué nos indica el Artículo 752?

El Artículo 752 establece que en caso de que exista un excedente del activo al finalizar un concurso o procedimiento territorial, este activo será entregado al administrador o representante del procedimiento extranjero principal reconocido en España, siempre y cuando exista reciprocidad con el país extranjero. A su vez, establece que la administración concursal del concurso principal declarado en España podrá reclamar la misma medida en cualquier otro procedimiento abierto en el extranjero.

A continuación, desglosaremos y explicaremos cada palabra clave y el mensaje general del artículo:

- Actividad territorial: El artículo hace referencia a un procedimiento territorial, es decir, un proceso legal que se lleva a cabo dentro del territorio de un país determinado.

- Excedente del activo: Este término se refiere a los bienes o recursos que sobran o quedan disponibles después de haber cubierto todas las deudas y obligaciones en un concurso o procedimiento judicial.

- Reciprocidad: Según el artículo, la entrega del activo remanente se realizará a condición de reciprocidad. Esto implica que solo se efectuará la entrega si existe un acuerdo o tratado que permita que los activos remanentes de un procedimiento extranjero en España sean entregados al país de origen, y a su vez, los activos remanentes de un procedimiento español puedan ser reclamados en el extranjero.

- Administrador o representante del procedimiento extranjero principal: Hace referencia a la persona o entidad que tiene la capacidad y responsabilidad de representar y administrar el procedimiento extranjero principal en España.

- Administración concursal: Se refiere a la figura encargada de gestionar y administrar todos los aspectos de un concurso o procedimiento judicial, velando por los intereses de los acreedores y demás partes involucradas.

- Concurso principal: Este término se refiere al procedimiento judicial principal que se lleva a cabo en España. En el caso de que existan varios procedimientos relacionados con el mismo deudor en distintos países, se establece que el concurso principal es aquel declarado en España.

- Medida igual: El artículo establece que la administración concursal del concurso principal en España podrá reclamar igual medida en cualquier otro procedimiento abierto en el extranjero. Esto significa que si en un procedimiento extranjero existen activos remanentes, la administración concursal del concurso principal en España podrá solicitar que se le entreguen dichos activos, siempre y cuando exista reciprocidad entre los países involucrados.

El Artículo 752: explicación sencilla

En pocas palabras, el Artículo 752 establece que, en caso de existir activos remanentes al finalizar un concurso o procedimiento territorial en España, estos activos serán entregados al administrador o representante del procedimiento extranjero principal acreditado en el país, siempre y cuando exista un acuerdo de reciprocidad entre ambos países. Del mismo modo, se establece que la administración concursal del concurso principal en España podrá solicitar la entrega de activos remanentes en cualquier otro procedimiento abierto en el extranjero, siempre y cuando se cumplan las condiciones de reciprocidad.

Este artículo busca garantizar una distribución equitativa de los activos remanentes y promover la cooperación entre los distintos procedimientos judiciales relacionados con un mismo deudor en diferentes países. La reciprocidad es un factor clave que debe cumplirse para que se lleve a cabo la entrega de activos remanentes, asegurando así un trato justo y equilibrado para todas las partes involucradas.

Ejemplos de aplicación del artículo 752 de la Ley Concursal

Ejemplo 1: Una empresa española se declara en concurso de acreedores en España y tiene activos remanentes al concluir el proceso. En este caso, esos activos se pondrán a disposición del administrador del procedimiento extranjero reconocido en España que también esté llevando a cabo un proceso concursal en el país de origen de la empresa.

Ejemplo 2: Un particular español que ha sido declarado en concurso de acreedores en España tiene bienes que superan sus deudas al concluir el proceso. En este caso, esos bienes se entregarán al representante del procedimiento extranjero principal que haya sido reconocido en España.

Ejemplo 3: Una empresa extranjera está en concurso de acreedores en su país de origen y tiene activos que también se encuentran en España. Si la empresa tiene un procedimiento extranjero principal reconocido en España, el activo remanente se pondrá a disposición de dicho representante.

Ejemplo 4: Un particular extranjero tiene bienes en España y se declara en concurso de acreedores en su país de origen. Si existe un procedimiento extranjero principal reconocido en España, esos bienes se entregarán al representante de dicho procedimiento.

Ejemplo 5: Una empresa española tiene procedimientos concursales abiertos en varios países. Si en uno de esos países se concluye el proceso con activos remanentes, estos se pondrán a disposición del administrador del concurso principal declarado en España.

Estos son algunos ejemplos de cómo se aplicaría el artículo 752 de la Ley Concursal en situaciones concretas. Es importante tener en cuenta la reciprocidad entre los diferentes procedimientos concursales para garantizar una adecuada distribución de los activos remanentes.

¿Cuál es la finalidad del Artículo 752 de la Ley Concursal?

El Artículo 752 de la Ley Concursal establece una condición de reciprocidad en la que el activo remanente a la conclusión de un concurso o procedimiento territorial se pondrá a disposición del administrador o representante del procedimiento extranjero principal reconocido en España. Asimismo, la administración concursal del concurso principal declarado en España reclamará igual medida en cualquier otro procedimiento abierto en el extranjero.

La principal finalidad de este artículo es garantizar la cooperación y coordinación entre los procedimientos concursales que se lleven a cabo en diferentes jurisdicciones. Esto se hace con el objetivo de proteger los intereses de los acreedores y asegurar que los activos remanentes de un concurso puedan ser distribuidos equitativamente entre ellos, independientemente de la ubicación geográfica en la que se encuentren.