Artículo 132 de la Ley Concursal explicado

Artículo 132 de la Ley Concursal explicado

1. Declarado el concurso, corresponderá exclusivamente a la administración concursal el ejercicio de las acciones de responsabilidad de la persona jurídica concursada contra sus administradores o liquidadores, de derecho o de hecho; contra la persona natural designada para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.    2. Declarado el concurso, corresponderá exclusivamente a la administración concursal el ejercicio de las acciones de responsabilidad de la persona jurídica concursada contra sus auditores, así como contra los expertos independientes que hubieran valorado aportaciones sociales o dinerarias en las ampliaciones de capital de la sociedad concursada.

Artículo 132 de la Ley Concursal ~ Efectos de la declaración de concurso sobre las acciones contra los administradores, liquidadores o auditores de la sociedad deudora.

¿Qué nos indica el Artículo 132?

El Artículo 132 se refiere a los efectos de la declaración de concurso sobre las acciones que se pueden tomar contra los administradores, liquidadores y auditores de la sociedad deudora. Es importante destacar que una persona jurídica puede ser considerada en concurso cuando se encuentra en una situación de insolvencia y no puede hacer frente a sus obligaciones económicas.

En este sentido, el artículo establece dos aspectos fundamentales:

1. Corresponderá exclusivamente a la administración concursal el ejercicio de las acciones de responsabilidad de la persona jurídica concursada contra sus administradores, liquidadores, y contra aquellos que ejerzan las funciones de administrador en caso de no existir un consejero delegado. Estas acciones de responsabilidad podrán ser de derecho, es decir, basadas en la normativa y el marco legal; y de hecho, que se refieren a las acciones u omisiones que causen un daño o perjuicio a la sociedad concursada.

2. También corresponderá a la administración concursal el ejercicio de las acciones de responsabilidad de la persona jurídica concursada contra sus auditores y los expertos independientes que hayan valorado aportaciones sociales o dinerarias en las ampliaciones de capital de la sociedad concursada. Esto implica que si se detecta una mala praxis por parte de los auditores o expertos independientes en el proceso de valoración, la administración concursal podrá tomar acciones legales.

Es importante destacar que el objetivo de este artículo es garantizar la correcta gestión y control de las sociedades deudoras en situación de concurso, así como proteger los intereses de los acreedores y evitar posibles situaciones de abuso o negligencia por parte de los administradores, liquidadores, auditores y expertos independientes.

El Artículo 132: explicación sencilla

En términos sencillos, el Artículo 132 establece que cuando una sociedad se encuentra en situación de concurso, es decir, que no puede hacer frente a sus obligaciones económicas, la administración concursal será la encargada de tomar acciones legales contra los administradores, liquidadores, auditores y expertos independientes que puedan haber causado daños o perjuicios a la sociedad concursada.

En el caso de los administradores, liquidadores o aquellos que ejerzan funciones de dirección en la sociedad, la administración concursal podrá ejercer acciones de responsabilidad tanto de derecho como de hecho. Por otro lado, en el caso de los auditores y expertos independientes, la administración concursal podrá tomar acciones legales en caso de detectar una mala praxis en el proceso de valoración de aportaciones sociales o dinerarias.

Dicho en pocas líneas, este artículo asegura que los responsables de la mala gestión o actuación negligente en una sociedad concursada se enfrenten a las consecuencias legales correspondientes, protegiendo así los intereses de los acreedores y garantizando una correcta gestión en este tipo de situaciones. Es fundamental destacar la importancia de este artículo para preservar la transparencia y la integridad en los procesos de concurso y asegurar una correcta rendición de cuentas por parte de los administradores y demás responsables.

Ejemplos de aplicación del artículo 132 de la Ley Concursal

  • Incumplimiento de deberes de administradores: En caso de que los administradores de una empresa incurran en actos contrarios a la normativa vigente o no cumplan con sus obligaciones legales, la administración concursal podrá ejercer acciones de responsabilidad contra ellos.
  • Falta de diligencia en la gestión: Si los administradores o liquidadores de una persona jurídica concursada no actúan con la debida diligencia en la gestión de la empresa, la administración concursal podrá ejercer acciones de responsabilidad en su contra.
  • Responsabilidad de los auditores: En el caso de que los auditores de una empresa no realicen su trabajo de manera adecuada, la administración concursal podrá ejercer acciones de responsabilidad contra ellos en el marco de un concurso.
  • Valoración incorrecta de aportaciones sociales: Si los expertos independientes que valoraron las aportaciones sociales o dinerarias en una ampliación de capital se equivocan en su evaluación, la administración concursal podrá actuar en consecuencia.
  • Delegación indebida de facultades de dirección: Si la persona designada para ejercer las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica no cuenta con la autorización adecuada o no ha sido designada de forma correcta, la administración concursal podrá tomar medidas legales.

Estos son solo algunos ejemplos de situaciones en las que el artículo 132 de la Ley Concursal puede ser aplicado para proteger los intereses de la empresa concursada y sus acreedores. Es importante conocer la legislación vigente para garantizar un correcto proceso concursal.

¿Cuál es la finalidad del Artículo 132 de la Ley Concursal?

El Artículo 132 de la Ley Concursal establece que, una vez declarado el concurso, será responsabilidad exclusiva de la administración concursal el ejercicio de acciones de responsabilidad contra los administradores, liquidadores y demás personas con funciones de dirección en la empresa concursada. Esto incluye tanto a personas físicas como jurídicas que hayan tenido un papel relevante en la gestión de la compañía.

Además, este artículo también otorga a la administración concursal la facultad de emprender acciones de responsabilidad contra auditores y expertos independientes que hayan participado en la valoración de aportaciones sociales o en ampliaciones de capital de la empresa concursada.

La finalidad principal de este artículo es proteger los intereses de los acreedores y garantizar que las personas que hayan tenido responsabilidad en la gestión de la sociedad en situación de concurso no puedan eludir su responsabilidad mediante prácticas fraudulentas o actuaciones negligentes. De esta manera, se busca asegurar la transparencia y la equidad en el proceso concursal, y promover una cultura de responsabilidad en el ámbito empresarial.