Artículo 703 de la Ley Concursal explicado

Artículo 703 de la Ley Concursal explicado

1. El acreedor o acreedores cuyos créditos representen al menos el veinte por ciento del pasivo total podrán solicitar al juzgado la limitación de las facultades de administración y disposición del deudor que se encuentre en situación de insolvencia actual.    2. La solicitud se hará por medio de formulario normalizado determinando las facultades que se pretenden limitar y justificando los motivos por los que procede la limitación.    3. Dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, el deudor podrá realizar las alegaciones que a su derecho convengan y el juez resolverá por medio de auto dentro de los tres días siguientes.    4. El auto estimando o desestimando la solicitud será recurrible en reposición, que se resolverá, previa celebración de una vista, dentro del plazo de los tres días hábiles siguientes a la misma.    5. El auto estimatorio se hará constar en el folio abierto a la sociedad en el Registro Mercantil, y en el Libro sobre administración y disposición de bienes inmuebles previsto en la legislación hipotecaria para su traslado al Índice Central Informatizado.NOTA: Redacción modificada por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.

Artículo 703 de la Ley Concursal ~ Solicitud de limitación de las facultades de administración y disposición del deudor.

La finalidad del Artículo 703 de la Ley Concursal es garantizar una protección adecuada a los acreedores en caso de insolvencia del deudor, permitiéndoles limitar sus facultades de administración y disposición para asegurar el pago de sus créditos.

¿Qué nos indica el Artículo 703?

El Artículo 703 del Código de Comercio español establece la posibilidad de que los acreedores cuyos créditos representen al menos el veinte por ciento del pasivo total puedan solicitar al juzgado la limitación de las facultades de administración y disposición del deudor que se encuentre en situación de insolvencia actual. Esta norma busca proteger los intereses de los acreedores y garantizar un manejo adecuado de los activos del deudor en casos de insolvencia.

El Artículo 703: explicación sencilla

En términos sencillos, el Artículo 703 establece que cuando una persona o empresa se encuentra en una situación de insolvencia (es decir, no puede hacer frente a sus obligaciones de pago), los acreedores que representen al menos el veinte por ciento del total de las deudas pueden solicitar al juzgado que limite las facultades de administración y disposición del deudor.

Esto significa que los acreedores, que son aquellas personas o entidades a las que se les debe dinero, tienen la posibilidad de pedir al juez que controle y restrinja las acciones que el deudor puede realizar con sus bienes para evitar que se dilapiden o se disponga de ellos de manera inapropiada.

Esta solicitud debe realizarse a través de un formulario normalizado en el que se indiquen específicamente las facultades que se pretenden limitar y se justifiquen los motivos por los cuales se considera necesario aplicar esta limitación.

Una vez presentada la solicitud, el deudor tiene un plazo de tres días hábiles para realizar las alegaciones que considere pertinentes. Posteriormente, el juez resolverá mediante un auto en un plazo de tres días siguientes a la presentación de las alegaciones del deudor.

Es importante destacar que el auto emitido por el juez estimando o desestimando la solicitud de limitación de facultades del deudor, puede ser recurrido en reposición. Esto significa que en caso de que alguna de las partes no esté de acuerdo con la decisión del juez, puede interponer un recurso para que se revise y se vuelva a resolver en una vista.

En el caso de que el juez estime la solicitud de limitación de facultades del deudor, este auto deberá hacerse constar en el Registro Mercantil, el cual es un registro público donde se inscriben los datos relativos a las empresas y sociedades mercantiles. Además, también deberá hacerse constar en el Libro sobre administración y disposición de bienes inmuebles, tal como lo establece la legislación hipotecaria. Estos registros permiten que cualquier persona interesada pueda consultar la existencia de esta limitación al tener acceso a los documentos públicos donde se encuentran registrados.

En pocas palabras, el Artículo 703 establece las condiciones y el procedimiento mediante el cual los acreedores pueden solicitar y obtener la limitación de las facultades de administración y disposición del deudor en situación de insolvencia, con el fin de proteger sus intereses y garantizar una gestión adecuada de los activos del deudor. Es importante resaltar que esta solicitud debe ser fundamentada y el juez es quien tiene la autoridad para evaluarla y tomar una decisión al respecto.

Ejemplos de aplicación del artículo 703 de la Ley Concursal

  • Empresa A: La empresa A se encuentra en situación de insolvencia actual y tiene varios acreedores cuyos créditos representan más del veinte por ciento del pasivo total. Dichos acreedores pueden solicitar al juzgado la limitación de las facultades de administración y disposición del deudor, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 703.
  • Persona B: El deudor persona B se encuentra en una situación de insolvencia en la que se han acumulado múltiples deudas. Al menos el veinte por ciento de los acreedores pueden solicitar la limitación de sus facultades de administración y disposición, según lo establecido en el artículo 703 de la Ley Concursal.
  • Empresa C: La empresa C ha sido declarada en concurso de acreedores y algunos de sus principales acreedores desean limitar las facultades del deudor para salvaguardar sus intereses. En este caso, podrían solicitar al juzgado la aplicación del artículo 703 de la Ley Concursal.
  • Persona D: La persona D ha incumplido reiteradamente con sus obligaciones financieras y se encuentra en una situación de insolvencia. Al menos el veinte por ciento de sus acreedores pueden pedir al juzgado la limitación de sus facultades de administración y disposición, amparados por el artículo 703 de la Ley Concursal.
  • Empresa E: La empresa E se encuentra en una situación de insolvencia y varios de sus acreedores temen que el deudor pueda realizar disposiciones perjudiciales para ellos. Por ello, podrían solicitar al juzgado la limitación de las facultades del deudor en base al artículo 703 de la Ley Concursal.

¿Cuál es la finalidad del Artículo 703 de la Ley Concursal?

El Artículo 703 de la Ley Concursal tiene como principal finalidad proteger los intereses de los acreedores en situaciones de insolvencia de un deudor. Este artículo establece que los acreedores cuyos créditos representen al menos el veinte por ciento del pasivo total pueden solicitar al juzgado la limitación de las facultades de administración y disposición del deudor insolvente.

La solicitud de limitación de facultades se debe hacer a través de un formulario normalizado, especificando las facultades que se pretenden limitar y justificando los motivos por los cuales se considera necesaria la limitación. El deudor tiene la oportunidad de realizar alegaciones dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

El juez resolverá la solicitud por medio de un auto en un plazo de tres días hábiles, el cual será recurrible en reposición. En caso de que se estime la solicitud, el auto se hará constar en el registro mercantil y en el Libro sobre administración y disposición de bienes inmuebles.